EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 5450/11
ARTICULO 1º: Créase el Programa de
Revalorización, Reciclado y Recupero de Materias
——————— Primas de artefactos eléctricos y electrónicos en
desuso que asegure su recolección periódico selectiva procedente de las
empresas, instituciones y hogares del Partido de Chacabuco.
ARTICULO 2º: Se entiende por artefacto
eléctrico y electrónico cualquier equipo que funcione ———————
mediante una batería, una pila o enchufado a la red eléctrica. Esta "Basura
Electrónica" se la conoce también como RAEE (Residuos de Aparatos Eléctricos y
Electrónicos).
ARTICULO 3º: El programa tendrá en cuenta
la implementación de un sistema de recolección de:
- Rezagos Informáticos; Computadoras, servidores CPU, monitores,
notebooks, laptops, agendas electrónicos o PDAS, periféricos, (teclado,
mouse, webcams, etc.I improsoras a chorro de tinta o matriz de punto,
routers, juego electrónicos, cables, fuente y conectores, circuitos
impresos, entre otros. - Rezago de telecomunicaciones: Teléfonos fijos, faxes, centrales
telefónicas, decodificadores, etc. - Celulares en desuso: Terminales: carcasas, pantalla, displays, placas de
circuito, componentes eléctricos, parlantes, micrófonos. - Baterías: níquel, cadmio etc.
- Accesorios: cargador, transformador, base, teclado, antena.
ARTICULO 4º: La instrumentación de este
programa tendrá como finalidad;
- Informar y concientizar a la población sobre la contaminación que
generan estos residuos, evitando que acaben en lugares inapropiados,
apostando al reciclado de las materias primas, a través de campañas
(televisivas, radiales, afiches, volantes, etc.) - La puesta en marcha deberá considerar, entre otras pautas, el realizar
convenios con distintas empresas privadas y/o estatales debidamente
registrdas para sus distintas etapas: Recolección, Desguase, Reciclado,
Comercialización. - Convocar a agentes participantes, como ONG, organizaciones ambientales y
otras organizaciones que el Departamento Ejecutivo crea conveniente. - Disponer de un lugar o lugares adecuados para recibir y clasificar en
forma diferenciada a los distintos residuos tecnológicos. Los predios
destinados a tal fin deberán cumplir con las medidas de seguridad necesarias
para evitar posibles escapes, derrames o emanaciones que puedan perjudicar
el entorno como así también cumplirá con todos los requisitos necesarios
relacionados con el personal que trabaje en dichos espacios. - Informar debidamente a toda la población, incluidas empresas del ramo,
acerca de los lugares, horarios y normas destinadas a recibir los productos
electrónicos en desuso.
ARTICULO 5º: El cumplimiento y puesta en
ejecución de este programa deberá estar bajo la ——————— órbita de
la Subsecretaria de Medio Ambiente Municipal, quien estará a cargo tanto del
control de los lugares temporarios de deposito como así también de relacionarse
con las empresas y/o cooperativas que reciben, trasladan y recuperan los
distintos materiales.
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e inscríbase.
———————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE
ABRIL DEL AÑO DOS MIL ONCE.
EXPTE. Nº 11.218/10.