EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la
siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5403/11
ARTICULO 1º: Declárese de Interés Social la
Escrituración y Reglamento de Copropiedad, al ——————— Sr.
IBÁÑEZ PABLO M, D.N.I. 25.817.674, SIMONE, Maria S. D.N.I. 31.413.249,
Nomenclatura Catastral: Circ. I, Sección A, Manz. 13, Sub – Parcela 1,
de la Ciudad de Chacabuco, Partido de Chacabuco (B); para que Intervenga la
Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires según Ley 10.830
Arts. 2º y 4º Incs. C, según Expte. Administrativo Nº 4029-0643/10.
ARTICULO 2º : Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
———————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS
MIL ONCE.
EXPTE Nº 11.769/11.