EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

O R D E N A N Z A Nº 5539/11.

ARTICULO 1º: Autorizase al Departamento
Ejecutivo Municipal "Organizadores de la ———————-
XXXVIII Fiesta Nacional de Maíz"
el uso del espacio público el corte
de las siguiente Calles;

Avenida Saavedra entre Pueyrredón/ Alte. Brown
hasta Maipú.

Alte. Brown entre Saavedra y Padre Doglia.

Padre Doglia media Calzada entre Alte. Brown y
Belgrano.

Belgrano entre Avenida Alsina y Padre Doglia.

Avenida Alsina entre Belgrano /San Martín y Mitre.

San Martín entre Avenida Alsina y San Juan / Buenos
Aires.

Reconquista entre Moreno y Pueyrredón.

Pueyrredón entre Avenida Saavedra y Reconquista.

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e inscríbase.

——————–

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL
AÑO DOS MIL ONCE.

EXPTE. 11.968/11.