Visto;
Que la Calle Villegas e/ Carlos Gardel y Cadelago
funcionan un establecimiento Educativo y el Parque Temático Infantil y;
Considerando;
Que Docentes del mencionado establecimiento
Educativo y vecinos de ese Barrio ven con preocupación el alto tránsito
Vehicular por esas arterias que no cuentan con Sentido de Circulación
Obligatorio.
Que este Bloque Legislativo ante esta situación
cree conveniente que se establezca con Sentido único obligatorio y descendiente
a la Calle Villegas desde su intersección con Calle Cadelago.
Que por la época del año que transcurrimos dicho
parque, recibirá mas visitas principalmente los fines de semana es por eso
creemos convenientes por cuestión de seguridad que se establezca Peatonal a la
Calle Villegas e/ Carlos Gardel y Cadelago los días Sábados y Domingos.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5564/11.
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento
Ejecutivo a establecer con Sentido Único ———————-
Obligatorio y descendiente a la Calle Villegas
desde su intersección con la Calle Cadelago.
ARTICULO 2º: Autorizar al Departamento
Ejecutivo a establecer Peatonal en Calle Villegas e/
——————— Carlos Gardel y Cadelago los días Sábados y Domingo de
13:00 a 20:00 horas.
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e inscríbase.
——————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS VEINTIDÓS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL
AÑO DOS MIL ONCE.
EXPTE. 12.023/11.