EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la
siguiente

O R D E N A N Z A Nº 5629/11.

ARTICULO 1º: Autorizase a "Artesanos
Independientes de Chacabuco"
, el uso de Espacio ———————
Publico en Plaza Gral. San Martín los días 3 y 4 de Diciembre del corriente,
para la realización de Feria Artesanal.

ARTICULO 2º: Ante cualquier inconveniente o
accidente que pueda surgir durante lo solicitado ——————— será
responsabilidad del peticionante.

ARTICULO 3º: Comuníquese, por parte de los
solicitantes, al Departamento Ejecutivo ———————- Municipal a los
efectos d acatar el cumplimiento a las normas vigentes a la utilización de
espacios públicos, normas de seguridad e higiene, etc.

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

——————–

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, AL PRIMER DIA DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL ONCE.

EXPTE. Nº 12.107/11.