EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5646/11
ARTICULO 1º: Declárese de Interés
Municipal, la primera Cadena Radial de la Amistad,
——————– Institucional, Solidaria,
Cultural y Popular, sin fines ni lucros comerciales.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e inscríbase.-
——————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO
DOS MIL ONCE.
EXPTE. 12.013/11.