EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la
siguiente
O R D E N A N Z A NRO 5679/12.-
ARTICULO 1º: Modifíquese el Art. 1º de la
Ordenanza Nº 4871/09, el que quedará redactado ——————– de la
siguiente manera: Artículo 1º: Declárese de Interés Social la
Escrituración del Inmueble de la Sra. JUÁREZ, MARIA DE LOS ANGELES D.N.I.
29.366.563, Nomenclatura Catastral: Circunscripción VIII, Sección C, Quinta
6, Manzana 6-B, Parcela 18, de la Localidad de Castilla, Partido
de Chacabuco (B); para que intervenga la Escribanía General de Gobierno de la
Provincia de Buenos Aires según Ley Nº 10.830 Arts. 2º y 4º Inc. c) y d); según
Expte. Administrativo Nº 4029-1550/09.-
ARTICULO 2º : Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
———————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO
DOS MIL DOCE.-
Expte. Nro. 12.251/12.-