EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO
DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA la siguiente:
ORDENANZA Nº 5.697/12
ARTICULO 1º: Convalídese la actualización
de valores para la liquidación de asistencia
——————– técnica según el Decreto
Provincial Nº 533/11, modificándose el Convenio y Anexo A aprobado mediante
Ordenanza Nº 5.175/10.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
——————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO
DOS MIL DOCE.-
EXPTE. Nº 12.212/12.