EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO
DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA
la siguiente:

ORDENANZA Nº 5.697/12

 

ARTICULO 1º: Convalídese la actualización
de valores para la liquidación de asistencia

——————– técnica según el Decreto
Provincial Nº 533/11, modificándose el Convenio y Anexo A aprobado mediante
Ordenanza Nº 5.175/10.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

——————–

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO
DOS MIL DOCE.-

EXPTE. Nº 12.212/12.