EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 5.754/12
ARTICULO 1º: Autorizase a la firma
comercial "CER 2 S.A." a tramitar y modificar la
——————– titularidad de la habilitación
municipal oportunamente otorgada en el rubro "establecimiento de faena" en el
predio ubicado en Calle 833 y Carlos Pellegrini, Nomenclatura Cataastral: Circ.
I, Secc. E, Qta. 348, sin perjuicio del cumplimiento de la normativa vigente en
la materia, particularmente las disposiciones y controles de la Autoridad del
Agua y demás organismos provinciales y nacionales.-
ARTICULO 2º: La presente quedará sujeta a
las siguientes consideraciones y cargos:
——————- a) El establecimiento "CER 2
S.A." deberá culminar la obra de entubamiento EN UN PLAZO NO MAYOR A 90 DIAS
CORRIDOS, del canal de desagüe de efluentes ubicado sobre calle 833 desde el
establecimiento de faena hasta su intersección con las vías del Ferrocarril San
Martín.-
b) Finalizar la planta de tratamiento de efluentes
EN UN PLAZO NO MAYOR A 150 DÍAS CORRIDOS.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
———————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE
MAYO DEL AÑO DOS MIL DOCE.
EXPTE. Nº 11.530/10.