EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

O R D E N A N ZA Nº 5.757/12

ARTICULO 1º: Crease la Comisión
Municipal en Seguridad Vial,
que está integrada por: ——————-
Dirección de Educación Vial, Dirección de Defensa Civil, Bloques Legislativos,
Bomberos Voluntarios de Chacabuco, Comisaría de la Provincia de Buenos Aires.-

La Comisión Asesora será presidida por el Director
de Tránsito, quien es el coordinador de la misma, debiendo convocarla cuando lo
considere pertinente o a solicitud de sus miembros.-

La Comisión tendrá entre sus facultades asesorar en
todos los temas vinculados a la seguridad vial, y dentro del plazo de 30 días
dictará su propio reglamento interno especificando sus funciones.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

—————–

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS SEIS DIAS DEL MES DE JUNIO
DEL AÑO DOS MIL DOCE.

EXPTE. Nº 12.148/11.