EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

O R D E N A N Z A Nº 5.843/12.-

(Texto Ordenado Ordenanza Nº 5.018/09)

ARTICULO 1º: Rectifíquese el Art. 1º de la
Ordenanza Nº 5.018/09, el que quedará redactado

——————– de la siguiente manera:
Artículo 1º:
Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a recibir la
Donación ofertada por la Sociedad de Fomento de O´Higgins, del Inmueble
Nomenclatura Catastral: Circunscripción: II, Sección Rural, Parcela 131-a,
para realización de la Planta del Depurado de Líquidos Cloacales.-

ARTICULO 2: Facúltase al Departamento
Ejecutivo Municipal a afrontar los gastos y ——————— honorarios que
demande el tramite de escrituración, a los efectos de la regularización
dominial: imputándose a las partidas presupuestarias pertinentes.-

ARTICULO 3: Condonase las Tasas Municipales
de inmueble Nomenclatura Catastral ———————– Circunscripción II,
Sección Rural, Parcela 131 B.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

———————-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DE HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE
SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.-

EXPTE. Nº 12.567/12.-