EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

O R D E N A N Z A Nº 5.856/12.

ARTICULO 1º: Convalidase el proyecto de
unificar los Espacios Verdes y la Reserva para

———————Equipamiento Comunitario según
los sectores, conforme al siguiente detalle:

  • Qta. 773: Cede el Espacio Verde y Libre Público correspondiente a
    los inmuebles: Qta. 801, Pc 1 y Qta. 790, Pc 3 con las siguientes
    superficies: 1.120,17 m2 y 794,99 m2 respectivamente.
  • Qta. 1010: Cede el Espacio Verde y Libre Público
    correspondiente al inmueble: Qta. 791, Pc 1, superficie: 1.117,30 m2 y
    Reserva para Equipamiento Comunitario de las: Qta 791, Pc1, Qta. 801, Pc 1 y
    Qta. 790 Pc 3; superficies: 330 m2, 330 m2 y 226,90 m2 respectivamente.
  • Qta. 919: Cede Espacio Verde y Libre Público de la Qta. 910,
    Pc 3, sup. 1.256,60 m2 y Reserva para Equipamiento Comunitario de: Qta. 936
    y Qta. 910 Pc 3, superficies: 617,52 m2 y 153,62 m2 respectivamente.

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

——————–

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE
SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.

EXPTE. 12.556/12.