EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

O R D E N A N Z A Nº 5.862/12.

ARTICULO 1º: Convalidase "Acuerdo Marco
Plan de Promoción, Preservación y

——————– Regularización del empleo
celebrado entre la Municipalidad de Chacabuco (B)
y el Ministerio de
Trabajo de la Provincia de Buenos Aires".-

ARTICULO 2º:
Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

———————

DADO: EN LA SALA DE
SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS DIEZ DIAS DEL
MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.

EXPTE. Nº 12.603/12.