EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

O R D E N A N ZA Nº 5.872/12

ARTICULO 1º: Autorizar al Jardin de Infantes Nº 907
al uso del E Publico-Corte de calles

—————— Salta entre Rivadavia y Cervantes de esta
ciudad, el dia viernes 5 de Octubre del cte año, desde las 9,30 hs.hasta las
11,00 hs. Motivo" Cierre de Proyecto sobre Educacion Vial " a respetar las
señales de transito .-

ARTICULO 2º: Los solicitantes serán responsables por
Accidentes u otros inconvenientes que ——————- puedan surgir durante
lo peticionado.-

ARTICULO 3º: Comuníquese por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo

—————— a los efectos de acatar el cumplimiento a
las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos .-.-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO
DOS MIL DOCE.

EXPTE. Nº 12.610/12.