EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5.874 /12.
ARTICULO 1º: Convalidase "Convenio
Cooperación celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social de la
Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Chacabuco (B)",
referente a Casa del Niño Eva Perón.
ARTICULO 2º:
Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
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DADO: EN LA SALA DE
SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS VEINTICUATRO
DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
EXPTE. Nº 12.654/12.