EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5.875 /12.
ARTICULO 1º: Convalidase Convenio
Cooperación celebrado entre el Ministerio de
——————— Desarrollo Social de la
Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Chacabuco (B) ref.
Unidades de Desarrollo Infantil Modalidad Centro de Atencion Integral (CAI)
ARTICULO 2º:
Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
———————
DADO: EN LA SALA DE
SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS VEINTICUATRO
DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
EXPTE. Nº 12.654/12.