EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

O R D E N A N Z A Nº 5.875 /12.

ARTICULO 1º: Convalidase Convenio
Cooperación
celebrado entre el Ministerio de

——————— Desarrollo Social de la
Provincia de Buenos Aires
y la Municipalidad de Chacabuco (B) ref.
Unidades de Desarrollo Infantil Modalidad Centro de Atencion Integral (CAI)

ARTICULO 2º:
Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

———————

DADO: EN LA SALA DE
SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS VEINTICUATRO
DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.

EXPTE. Nº 12.654/12.