EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA: La
siguiente
O R D E N A N Z A N R O. 896/90.-
ARTICULO 1°: La
Municipalidad otorga un préstamo hipotecario de AUSTRALES TREINTA Y CINCO MIL
(A 35.000,00) a valores del mes de Abril de 1988, a favor de cada una de las
siguientes personas:
CEBALLOS, Mario Hector: L.E. n° 4.699.502, garantizando
sobre el bien designado catastralmente como: Circ. I- Sec. J- Mz. 689 f- Parc.
1 Pa. 2686900.-VERA, Sergio Ramón: DNI N° 17528.104, garantizando sobre
el bien designado catastralmente como: Circ. I, Sec. J. Mz. 689 f. Parc. 2
Pa. 26879000.-MARTINEZ, Carlos Alberto: DNI N° 10.663.281, garantizando
sobre el bien designado catastralmente como: Circ. I, Sec. J. Mz. 689 f- Parc.
3- Pa. 2687100.-Flores, Aldo Angel: DNI N° 13.250.081, garantizado sobre
el bien designado catastralmente como: Circ. I, Sec. J- Mz. 689 f. Parc. 4
Pa. 2687200.-CAPODICASA, Juan Carlos: DNI N° 11.013.585, garantizado
sobre el bien designado catastralmente como: Circ. I. Sec. J. Mz. 689 f. Parc.
5 Pa. 2687300.-OSTOICH, Juan Guillermo: L.E. N° 8.499.724, garantizado
sobre el bien designado catastralmente como: Circ. I. Sec. J, Mz. 689 f, Parc.
6 Pa. 2687400.-MILIONE, Norberto Mario: DNI N° 18.620.566, garantizado
sobre el bien designado catastralmente como: Circ. I, – Sec. J. Mz. 689 f-
Parc. 7 Pa. 2687500.-ABACA, Julio Cesar: DNI N° 16.846.568, garantizado sobre
el bien designado catastralmente como: Circ. I. Sec. J. Mz. 689 f- Parc. 8-
Pa. 2687600.-CRESCIMONE, Horacio Raúl: DNI N° 14.780.043, garantizado
sobre el bien designado catastralmente como: Circ. I, Sec. J. Mz. 689 f
Parc. 11- Pa. 2687900.-MARTINEZ, Zulema Elsa: DNI N° 12.653.139, garantizado
sobre el bien designado catastralmente como: Circ. I, Sec. J. Mz. 689 f. Parc.
12- Pa. 2688000.-PAGANO, Raúl Omar: L.E. N° 8.486.752, garantizado sobre
el bien designado catastralmente como: Circ. I. Sec.- J. Mz. 689b f. Parc. 13-
Pa. 2688100.-PAGANINI, Rosa Inés: DNI N° 14.521.703, garantizado sobre
el bien designado catastralmente como: Circ. I,Sec. J. Mz. 689 f. Parc. 14-
Pa. 2688200.-GRANDO, Elio Justin: DNI N° 11.110.236, garantizado sobre
el bien designado catastralmente como: Circ. I, Sec. J. Mz. 689 f. Parc. 14
Pa. 2688300.-CIANCIO, Próspero Manuel: L.E. N° 4.946.387, garantizado
sobre el bien designado catastralmente como: Circ. I. Sec. J. Mz. 689 f- Parc.
16- Pa. 2688400.-BERTARINI, Carlos Osmar: L.E. N° 4.951.247, garantizado
sobre el inmueble designado catastralmente como: Circ. I, Sec. J. Mz. 689 f-
Paec. 17- Pa. 2688500.-CANOVA, Lidia Ester: DNI N° 17.800.163, garantizado sobre
el bien designado catastralmente como: Circ. I, Sec. J. Mz. 689 f – Parc. 18 –
Pa. 2688600.-POY, Osvaldo Luján: L.E. N° 4.976.998, garantizado sobre
el bien designado catastralmente como: Circ. I, Sec. J. Mz. 689 f- Parc. 20 –
Pa. 2688700.-PRETROSINI, Carmen Haydee: L. C. N° 5.799.786,
garantizando sobre el bien designado catastralmente como: Circ. I- Sec. J- Mz.
689 f- Parc. 20- Pa. 2688700.-CORDOBA, Nicolás del Valle: L.E. N° 6.703.670,
garantizado sobre el bien designado catastralmente como: Circ. I, Sec. J. Mz.
689 f, Parc. 22- 21- Pa. 2688800.-BLAIOTTA, Roberto Oscar: L.E. N° 8.279.758, garantizado
sobre el bien designado catastralmente como: Circ. I, Sec. J, Mz. 689 f, Parc.
22- Pa. 2688900.-AMOR, Hugo Arnaldo: DNI N° 16.846.538, garantizado sobre
el bien designado catastralmente como: Circ. I, Sec. J. Mz. 689 f. Parc. 23
Pa. 2689100.-VELAZQUEZ, Teresa: L.C. N° 4.152.281, garantizado sobre el
bien designado catastralmente como: Circ. I, Sec. J. Mz. 689 f. Parc. 24 – Pa.
2689200.-
ARTICULO 2°: Dicho préstamo hipotecario deberá ser
reintegrado a esta Municipalidad en DOSCIENTOS CUARENTA (240) CUOTAS, mensuales
y consecutivas, de AUSTRALES CIENTO CUARENTA Y CINCO CON OCHENTA Y CUATRO
CENTAVOS (A 145,84) a valores del mes de Abril de 1988, cada una.- Dichas cuotas
serán abonadas del 1° al 10 de cada mes, en la Tesorería Municipal y/o en la
forma de pago que instrumente el D.E., produciéndose el vencimiento de la
primera de ellas, el día 10 de Agosto de
1990.————————————————————————————————–
ARTICULO 3°: El monto total del préstamo otorgado,
será actualizado en la forma establecida por la Resolución N° 114/80 de
Ministerio de Obras Públicas, conforme las tablas respectivas, desde la fecha
de los libramientos respectivos efectuados por el Instituto de la Vivienda de la
Pcia. de Bs. As., conforme lo establecido en el artículo 11° de la Resolución
N° 594/89. El importa de las cuotas a abonar por los adjudicatarios,
establecido en el artículo anterior, será actualizado conforme los índices
del Salario del Peón Industrial de la Capital Federal (actualmente, índice
salario personal no calificado), desde la fecha indicada en el Párrafo
anterior, conforme lo establecido artículo 11° de la resolución antes
citada.-
De la comparación del índice precedente con la aplicación
de la Resolución N° 114/80, que fijará el monto adeudado actualizado,
surgirá el aumento o disminución del número de cuotas.-
ARTICULO 4°: Formará parte de la presente el Anexo
dónde se establecen todas las cláusulas.-
ARTICULO 5°: Se autoriza al Señor Intendente
Municipal a otorgar las respectivas escrituras.-
ARTICULO 6°: Las escrituras serán otorgadas por
ante la Escribanía General de Gobierno, para lo cual se solicitará al
Ministerio de Gobierno el correspondiente acto administrativo que así lo
ordene.———————————-
ARTICULO 7°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.——————————————————————————————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA.-