EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La
siguiente

 

O R D E N A N Z A N R O.
933/90.-

 

ARTICULO 1°: Renuévase el
Contrato de Comodato entre la Municipalidad de Chacabuco comandante y la Empresa
Nacional de Correos y Telégrafos (ENCOTEL), como
comodatario.——————————————————————–

 

ARTICULO 2°: El Convenio se redactará en los mismos
términos y por el mismo plazo de diez (10) años que el actualmente
vigente.——————————————-

 

ARTICULO 3°: Se le agregará como condición
resolutoria la Privatización de la Empresa Nacional de Correos y Telégrafos
(ENCOTEL).———————————–

 

ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA.-