EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA NRO. 974/91.-
ARTICULO 1°: La presente Ordenanza tiene por objeto
ampliar las zonas de aplicación de la Ordenanza 439/78 para el ordenamiento
bajo el cual se regirá el tránsito y estacionamiento
obligatorio.—————————————-
ARTICULO 2°: Se establece para el tránsito de
vehículos con una dirección obligatoria en todas las calles que se encuentran
en el área delimitada por las calles: Gutiérrez, Viamonte, Junín, Vías del
FFCC. Gral. San Martín, Matheu, Andes. Incorporándole la misma reglamentación
al área comprendida entre las calles Liniers, Sosa, Av. Garay y Viamonte.
Las calles perpendiculares a las Avenidas Garay, Vieytes,
Lamadrid, Solís, Urquiza, M.M.Gil, Arenales, y Colón, tendrán el mismo
sentido de circulación que sus prolongaciones de las zonas céntricas las que
indica el Art. 3° de la Ordenanza N° 439/78.
Las calles restantes tendrán el sentido de circulación que
se detalle a continuación:
SO – NE
BALCARCE – LAPRIDA
LA PLATA – PINTOS
CALLAO – MATHEU
NE – SO
DEAN FUNES – ANDES
VILLEGAS – LINIERS
JUNIN – CONESA
SE – NO
CERRITO – S.I. LABRADOR desde AV. GARIVALDI
ESPORA – CARLOS PELLEGRINI, hasta AV. GARIBALDI
14 DE JULIO – FALUCHO – ALEM, hasta AV. GARIBALDI
CNEL. SUAREZ – USPALLATA
VIAMIONTE – GUTIERREZ
ROCHA
NO – SE
CERRITO – SAN I. LABRADOR, desde AV. GARIBALDI
QUINTANA, hasta AV. GARIBALDI
SGTO. CABRAL – A. DE VERA, desde AV. GARIBALDI
L.N. ALEM, hasta AV. GARIBALDI
DORREGO – BRANDSEN
VELEZ SARSFIERLD – AZCUENAGA
DUBERTHY
J.M.ROSAS
ARTICULO 3°: Se establece la circulación de ambas
manos en las prolongaciones de las Avenidas: Alsina, Garay, M.M. Gil, Garibaldi,
H. Yrigoyen y en las calles no comprendidas en el Art. 3° de la Ordenanza
439/78 y 2° de la presente
Ordenanza.————————————————–
ARTICULO 4°: Se establece el estacionamiento
obligatorio en las calles de mano única y ancho de calzada de 8 metros entre
cordones, en la acera derecha, tomando como referencia el sentido de
circulación.———————
ARTICULO 5°: El estacionamiento será el indicado en
el articulo 5° y 7° de la Ordenanza 439/78 y el que surja de la Ordenanza
928/90.———————
ARTICULO 6°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.—————————————————————————————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.-