EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA NRO. 975/91.-
ARTICULO 1°: Restitúyese el nombre "EVA
PERON" al Hogar del Niño de la ciudad de
Chacabuco.———————————————————————
ARTICULO 2°: El D.E., instrumentará los medios
necesarios para las modificaciones formales, legales y de todo tipo haga al
reconocimiento de aquella Institución con su denominación
original.————————————-
ARTICULO 3°: Descúbrase una Placa con el nombre
"EVA PERON" en lugar visible en el acceso principal del
edificio.—————————————-
ARTICULO 4°: Considérese el Acto de imposición
como una reparación histórico y desígnase una Comisión Especial encargada de
organizar el cumplimiento de la presente
Ordenanza.————————————————
ARTICULO 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.—————————————————————————————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.-