EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº  5998/13

 

ARTICULO 1º: Exímase a la Asociación Miguel Máximo Gil, de abonar en un 50% lo  exigido según Ordenanza de Rifas Nº 2402/00, en su artículo 8, apartado 8.1.-

 

ARTICULO  2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

 

 

DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL TRECE.

 

EXPTE. Nº 12.814/13.