EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 6010 /13.
ARTICULO 1º: Autorízase a aceptar las donaciones realizadas por el Intendente Municipal de sus haberes mensuales, en virtud de lo establecido mediante Decretos Nros. 352/12 y 086/13.
ARTICULO 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a vender el Vehiculo maca Renault Laguna, Dominio HEB-528 con una base de $ 83.000, debiéndose cumplimentar previamente el mecanismo establecido por la Ley Orgánica de las Municipal para este tipo de operaciones.
ARTICULO 3º: Autorizase a arbitrar los medios necesarios tendientes a la adquisición de un vehículo oficial que será afectado a la movilidad del Departamento Ejecutivo.
ARTICULO 4: La diferencia que surja entre la venta y la compra de los vehículos será cubierta por las donaciones mensuales realizadas por el intendente Municipal durante el Ejercicio 2012 y 2013.
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL TRECE.
EXPTE. Nº 12.892/13.