EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 6041/13
Artículo 1°:Convalídese el “Contrato de Locación”, sobre el inmueble sito en calle Zapiola Nº 304 de la ciudad de Chacabuco (B); y el “Contrato de Comodato” sobre las máquinas y herramientas de carpintería que se hallan en el citado inmueble; celebrado entre la Municipalidad de Chacabuco (B) y el Sr. Miroslav Zlatar, L.E.:4.947.232.-
Artículo 2º:Autorizase la afectación de fondos en futuros ejercicios.-
Artículo3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL TRECE.
EXPTE. Nº 12.952/13.