EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 6101/13
ARTICULO 1º: Condónesela deuda por tasas municipales que grava el inmueble, propiedad de “A.L.C.E.C. Chacabuco”, con domicilio en calle La Rioja Nº 149 de la ciudad de Chacabuco (B); identificado catastralmente como: Circ. I, Sección A, Mza. 100, Parcela 1-a, Subparcela 1; Partida Inmobiliaria Nº 489300-0.–
ARTICULO 2º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.
Expediente 12.916/13