EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 6242/14
ARTICULO 1º: Créase un Sistema de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos (RSU) domiciliarios a través de contenedores en la ciudad de Chacabuco (B). La etapa inicial se implementará sobre cuatro (4) Avenidas que constituyen el primer radio urbano de la ciudad, delimitado por las siguientes aceras:
1.- Avenida Vieytes entre Av. Solís y Av. Garay.-
2.- Avenida Garay entre Av. Vieytes y Av. Colón.-
3.- Avenida Colón entre Av. Garay y Av. Arenales.-
4.- Avenida Arenales entre Av. Colón y Av. Máximo Gil.-
5.- Avenida Máximo Gil entre Av. Arenales y Av. Urquiza.-
6.- Avenida Urquiza entre Av. Máximo Gil y Av. Lamadrid.-
7.- Avenida Lamadrid entre Av. Urquiza y Av. Solís.-
8.- Avenida Solís entre Av. Lamadrid y Av. Vieytes.-
ARTICULO 2º: El contenedor será utilizado solamente para depositar los residuos domiciliarios.-
ARTÍCULO 3º: Se colocará un (1) contenedor sobre la acera en cada uno de los sentidos de la avenida y a la mitad de cada cuadra.-
ARTÍCULO 4º:Los residuos domiciliarios depositados en los contenedores serán retirados por la Secretaría de Servicios Públicos para posterior tratamiento y disposición final, debiendo proveer a la limpieza de los mismos con la finalidad de garantizar su higiene.-
ARTICULO 5º: Los vecinos frentistas domiciliados en las Avenidas detalladas en el Artículo 1º de la presente tienen la obligación de depositar sus residuos domiciliarios en los contenedores colocados en la acera a la mitad de su cuadra.-
ARTICULO 6º: Conjuntamente con la implementación del Sistema de Recolección en Contenedores se desarrollará un Programa Municipal de Educación Ciudadana y Relaciones con la Comunidad, a efectos de informar, sensibilizar, educar, involucrar y concientizar de los cambios de hábitos necesarios respecto al cuidado de la salud.-
ARTÍCULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, AL DIA UNO DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
Expediente 13.403/14