EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº 6280/14

(Texto Ordenado, Modificatoria de Ord. 6242/14)

 

Artículo 1º: Créase un Sistema de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos (RSU)  domiciliarios a través de contenedores en la ciudad de Chacabuco (B), delimitado por las siguientes aceras:

1.- Avenida Vieytes entre Av. Solís  y Av. Garay.-

2.- Avenida Garay entre Av. Vieytes y Av. Colón.-

3.- Avenida Colón entre Av. Garay y Av. Arenales.-

4.- Avenida Arenales entre Av. Colón y Av. Máximo Gil.-

5.- Avenida Máximo Gil entre Av. Arenales y Av. Urquiza.-

6.- Avenida Urquiza entre Av. Máximo Gil y Av. Lamadrid.-

7.- Avenida Lamadrid entre Av. Urquiza y Av. Solís.-

8.- Avenida Solís entre Av. Lamadrid y Av. Vieytes.-

9.- Avenida Alsina entre Av. Vieytes y Av. Garay hasta calle Villegas-Liniers.-

10.- Avenida Solís entre Av. Vieytes y Acc Hipólito Irigoyen hasta calle Villegas.-

11.- Avenida Acceso Elguea Román entre Av. Urquiza y Juan D. Perón hasta calle Matheu.-

12.- Av. Juan Domingo Perón entre Av. Urquiza y Acc. Elguea Román y calle Carlos Pellegrini.-

13.-Avenida Saavedra entre Av. M. M. Gil y Urquiza hasta calles Callao y Matheu.-

14.- Avenida M. M. Gil desde Acc. Juan XXIII y Av. Arenales hasta calle Uspallata.-

 

Artículo 2º: El contenedor será utilizado solamente para depositar los residuos domiciliarios.-

 

Artículo 3º: Se colocará un (1) contenedor sobre la acera en cada uno de los sentidos de la avenida y a la mitad de cada cuadra.-

 

Artículo 4º:Los residuos domiciliarios depositados en los contenedores serán retirados  por la Secretaría de Servicios Públicos para posterior tratamiento y disposición final, debiendo proveer a la limpieza de los mismos con la finalidad de garantizar su higiene.-

 

Artículo 5º: Los vecinos frentistas domiciliados en las Avenidas detalladas en el Artículo 1º de la presente tienen la obligación de depositar sus residuos domiciliarios en los contenedores colocados en la acera a la mitad de su cuadra.-

 

Artículo: Conjuntamente con la implementación del Sistema de Recolección en Contenedores se desarrollará un Programa Municipal de Educación Ciudadana y Relaciones con la Comunidad, a efectos de informar, sensibilizar, educar, involucrar y concientizar de los cambios de hábitos necesarios respecto al cuidado de la salud.-

 

Artículo 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE

 

Expediente Nº 13.502/14.-