EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº 6284/14

 

ARTICULO 1º: Autorizase a “Cooperativa Eléctrica de Chacabuco Limitada”, el uso del  Espacio Público para la construcción y montaje de un Centro de Transformación a Nivel en calle Rivadavia 401 (sobre la vereda), de la ciudad de Chacabuco (B), con motivo de dotar de energía al emprendimiento de viviendas allí proyectado y reforzar el servicio eléctrico al área vecinal de dicha zona.-

 

ARTICULO 2º: Los solicitantes serán responsables por Accidentes u otros inconvenientes que puedan surgir durante lo peticionado.

 

ARTICULO  3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE

 

Expediente Nº 13.276/14.-