EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A  Nº 6307/14

 

ARTICULO 1º: Autorizase a la Sociedad de Fomento 9 de Julio,el uso del Espacio Público el día 27 de julio de 2014, a partir de las 14 hs., de  calles de nuestra ciudad, comprendido por la intersección de Avdas. Miguel Máximo Gil y Saavedra, siguiendo hasta calle 9 de Julio y luego continuando por la misma hasta calle Casasco, donde se encuentra la sede social de dicha entidad. Motivo: Paseo Criollo.-

 

ARTICULO 2º: Los solicitantes serán responsables por Accidentes u otros inconvenientes  que puedan surgir durante lo peticionado.-

 

ARTICULO 3º: Comuníquese, por  parte  de  los   solicitantes  al   Departamento   Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.-

 

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISEIS DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE

 

Expediente Nº 13.606/14.-