EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 6375/14
ARTICULO 1º: Exímase a la Comisión Cooperadora del Hogar del Niño “Eva Perón” de abonar en un 50% lo exigido según Ordenanza de Rifas Nº 2402/00, en su artículo 8, apartado 8.1.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE
Expediente Nº 13.786/14.-