EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 6384/14
Artículo 1º: Condónese la deuda por tasas municipales del año 2002, al inmueble ubicado en la ciudad Chacabuco (B), identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 30, Parcela 16- a, Partida Inmobiliaria Nº: 760900-0.-
Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE
Expediente Nº 10.363/08.-