EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº  6.440/14

 

ARTICULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar la venta a  Cooperativa Eléctrica de Chacabuco Ltda.; de las fracciones de terreno, que forman parte de la quinta 576 del partido de Chacabuco, que se individualizan como Lote 1 A, con una superficie de total de 2704,50 mts.2; Lote 1 B, con una superficie de total de 2646 mts.2; Lote 1 C, con una superficie de total de 2704,50 mts.2; Lote 1 D, con una superficie de total de 2704,50 mts.2; Lote 1 E, con una superficie de total de 2704,50 mts.2; Lote 1 F, con una superficie de total de 2704,50 mts.2, cuya Nomenclatura Catastral es: Cir.: I – Sección: H – Qta.: 576.-

 

ARTICULO 2º: Los gastos y/o toda erogación necesaria para la realización de la escritura traslativa de dominio serán a exclusivo cargo de la Cooperativa eléctrica de Chacabuco LTDA.

 

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE

 

Expediente Nº 13.947/14.-