EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 6.510/15
ARTICULO 1º: Autorizase a “Cooperativa Defensa de Agricultores Ltda.”, el Uso del Espacio Público, sobre la acera del local comercial ubicado en calle Padre Doglia Nº 110 de la ciudad de Chacabuco, para la colocación de un cartel Tipo “columna” de 2,40 mts. de alto por 1 mts de ancho, que se utilizará para la exhibición de publicidad y servicios que brinda dicho local.-
ARTICULO 2º: Los solicitantes serán responsables por Accidentes u otros inconvenientes inconvenientes que puedan surgir durante lo peticionado.-
ARTICULO 3º: La Erogación resultante para la organización del evento (Sadaic, Seguro etc.)
——————— será afrontada por el solicitante.-
ARTICULO 4º: Comuníquese, por parte de los solicitantes al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.-
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
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