EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 6.576/15
ARTICULO 1º: La Municipalidad de Chacabuco adhiere en todos sus términos a la Ley Provincial Nº14.374.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE.-
Expediente 14.265/15.-