EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº  6.576/15

 

ARTICULO 1º: La Municipalidad de Chacabuco adhiere en todos sus términos a la Ley Provincial Nº14.374.-

 

ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE.-

 

Expediente 14.265/15.-