EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 6.614/15
ARTICULO 1º: Autorizase a la Dirección de Juventud Municipal, el uso del espacio público y corte de calle 9 de julio, entre sus intersecciones con calle Dr. Casasco y calle 328, de la ciudad de Chacabuco, el día viernes 20 de septiembre de 2015, desde las 23.30hs. hasta las 5.00 hs. del día siguiente; con motivo de la realización del “Baile del Estudiante”.-
ARTICULO 2º: Autorizase a la extensión del el horario de finalización del “Baile del Estudiante” hasta las 5:00 hs. del día 21 de septiembre de 2015.-
ARTICULO 3º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que puedan surgir durante lo peticionado.-
ARTICULO 4º: La erogación resultante para la organización del evento (Sadaic, Seguro, etc.) será afrontada por el solicitantes.-
ARTÍCULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de espacios públicos.-
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.
Expediente 14.451/15.-