EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 6.653/15
ARTICULO 1º: Convalidase el Convenio de Cooperación celebrado entrela Municipalidad de Chacabuco (B) a cargo de la Casa del Niño “Belén” y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires, referente al otorgamiento de una subvención para la atención gratuita de Ocho (8) niños de 6 a 14 años de edad.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.
Expediente 14.542/15.-