EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 6.790/16
ARTICULO 1º: Exímase a ALPI Filial Chacabuco del pago del 50% de la Tasa establecida según Ordenanza Nº 2.402/00, en concepto al fondo benéfico, para el sorteo a realizarse el día 16 de diciembre de 2016.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.
Expediente 14.728/16.-