EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº  6.709/15

 

Artículo: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a, incorporar al Sistema de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos Domiciliarios con Contenedores, establecidos por Ordenanza 6242/2014, las aceras comprendidas por el radio de las cuatro (4) Avenidas (Colón –Arenales, Garay – Vieytes, Lamadrid – Solís y Urquiza- Máximo Gil, de la Ciudad de Chacabuco.

Artículo 2º: Manténgase vigente la excepción prevista por el Articulo 2 de la referida Ordenanza en  referencia a las Avenidas Alsina y Saavedra.

Artículo: El contenedor será utilizado solamente para depositar los residuos domiciliarios,  conforme lo establecido por la referida normativa municipal, y se colocara un (1) Contenedor por cuadra, a la mitad de la misma.

Artículo: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, AL DIA DIECISÉIS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.

 

Expediente 14.645/15.-