EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 6.724/15
ARTICULO 1º: Condonase hasta el día de la fecha a NOWAK JERZY, DNI 18.765.145, Párroco de la Iglesia de los Santos Arcángeles, de la Arquidiócesis Mercedes Luján, la deuda municipal referida al Inmueble Identificado como; Circunscripción: I, Sección: M, Quinta: 936 e, Parcela 10, otorgado en el marco del “Programa Municipal de Urbanización Chacabuco para Todos” y exímase del pago el resto de las cuotas.
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, AL DIA DIECISÉIS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.
Expediente 14.586/15.-