EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 6856/16.
ARTICULO 1º:Autorizase a la COOPERATIVA ELÉCTRICA DE CHACABUCO el Uso del Espacio Público en las siguientes calles de la ciudad de Chacabuco (B): Laprida, mano par, entre Salta y Av. Frondizi; y Salta, mano par, desde Laprida hasta la mitad de cuadra con dirección a calle Liniers. Motivo: Construcción Línea de Media Tensión Subterránea.-
ARTÍCULO 2º: Se hace saber a los solicitantes que deberán reponer con materiales similares, todas las construcciones existentes que sean destruidas con motivo de los trabajos a realizarse.-
ARTÍCULO 3º: Los solicitantes serán responsables por Accidentes u otros inconvenientes que puedan surgir durante lo peticionado.-
ARTICULO 4º: Comuníquese, por parte de los solicitantes al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.-
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.
Expte. 15.047/16.