EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 O R D E N A N ZA  Nº  6.928/16

 

ARTICULO 1º: Denomínese Pasaje Nº 1 y Pasaje Nº 2 a la primera y segunda calle interna, comprendida en la manzana delimitada por las calles Conesa, Italia, Güemes y Santiago del Estero, en sentido ascendente según la numeración de las calles Italia y Santiago del Estero de la ciudad de Chacabuco.-

ARTICULO 2º:  Denomínese Pasaje Nº 3 y Pasaje Nº 4 a la primera y segunda calle interna, comprendida en la manzana delimitada por las calles Güemes, Italia, Castelli, y Santiago del Estero, en sentido ascendente según la numeración de las calles Italia y Santiago del Estero de la ciudad de Chacabuco.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del área que corresponda proceda a la identificación  de los Pasajes.-

ARTICULO 4º: Se adjunta plano con la denominación de los Pasajes.-

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.-

Expediente 12.313/12