EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 6.992/16.
ARTICULO 1º:Autorizase a Escuela de Actividades Culturales, el Uso del Espacio Público y corte de calle Avellaneda entre 25 de Mayo y 9 de Julio de la ciudad de Chacabuco, el día 4 de diciembre de 2016, en el horario de 16:45 a 23:00 hs. Motivo: Realizar Cierre Ciclo Lectivo.-
ARTÍCULO 2: Los solicitantes serán responsables por Accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante lo peticionado.-
ARTICULO 3º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.-
ARTICULO 4º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.-
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.-
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase. ———————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.-
Expediente Nº 15.350/16.-