EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 7.004/16.
ARTICULO 1º:Autorizase a la Parroquia Nuestra Señora de la Asunción, Darío H. Lazcoz (DNI 17.378.362), el Uso del Espacio Público y corte de calle Deán Funes entre Av. Elguea Román y Córdoba de la ciudad de Chacabuco (B), el día 22 de diciembre de 2016, en el horario de 19:00 a 23:00. Motivo: Pesebre Viviente.-
Artículo 2º: Autorizase a los solicitantes a instalar en el lugar escenario, carpas, mesas, sillas y equipo de sonido.-
ARTÍCULO 3º: Los solicitantes serán responsables por Accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante lo peticionado.-
ARTICULO 4º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.-
ARTICULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.-
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.-
ARTICULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.
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