EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 7.061/16.
ARTICULO 1º:Autorizase a la Asociación Miguel Máximo Gil, propietaria del inmueble sito en calle Santa Fé Nº 130, de la ciudad de Chacabuco, el Uso del Espacio Público para la colocación de discos y pintado de cordón, destinado a la Prohibición de Estacionamiento en el frente de la mencionada propiedad.-
Artículo 2º: Dicho espacio público quedará autorizado sin cargo para el propietario, ya que se trata de una institución de bien público que realiza una importante labor social.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.-
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.
Expediente Nº 15.335/16.-