EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº  7.085/17

 

ARTICULO 1º: Autorizase, a la IGLESIA VIDA EN DIOS CHACABUCO (Pastor José Luis Roldan), el Uso del Espacio Público, en las plazas y plazoletas de la ciudad de Chacabuco, entre los días 25 de febrero y 29 de abril de 2.017, en el horario de 10:00 a 17:30 hs.- Motivo: Campaña evangélica en el marco del programa Invasión del Amor de Dios.-

ARTÍCULO 2º: Autorizase a los solicitantes a instalar en el lugar mesas, sillas, escenario, baños químicos, equipo de sonido y carpas.-

ARTICULO 3º: Los solicitantes  serán  responsables por Accidentes  u  otros inconvenientes que puedan surgir durante lo peticionado.-

ARTÍCULO 4º: La erogación resultante  para la organización del evento (Sadaic, Seguros, etc) será afrontada por el solicitante.-

ARTICULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º  bis, de la ordenanza  Nº  6.541/15.-

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de espacios Públicos.-

ARTICULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-

Expediente 15.513/17.-