EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 7.085/17
ARTICULO 1º: Autorizase, a la IGLESIA VIDA EN DIOS CHACABUCO (Pastor José Luis Roldan), el Uso del Espacio Público, en las plazas y plazoletas de la ciudad de Chacabuco, entre los días 25 de febrero y 29 de abril de 2.017, en el horario de 10:00 a 17:30 hs.- Motivo: Campaña evangélica en el marco del programa Invasión del Amor de Dios.-
ARTÍCULO 2º: Autorizase a los solicitantes a instalar en el lugar mesas, sillas, escenario, baños químicos, equipo de sonido y carpas.-
ARTICULO 3º: Los solicitantes serán responsables por Accidentes u otros inconvenientes que puedan surgir durante lo peticionado.-
ARTÍCULO 4º: La erogación resultante para la organización del evento (Sadaic, Seguros, etc) será afrontada por el solicitante.-
ARTICULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.-
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de espacios Públicos.-
ARTICULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-
Expediente 15.513/17.-