EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 7.104/17
ARTICULO 1º:Autorizase al “Club Atlético y Cultural San Martín”, Sr. Claudio Nicolini, (D.N.I. 21.950.565, el Uso del Espacio Público y corte de calles Pueyrredón entre Vicente López y Bernardo de Irigoyen; Vicente López, Bernardo de Irigoyen y Aristóbulo del Valle en su intersección con calle Pueyrredón, todas de la ciudad de Chacabuco, desde las 18:00 hs. del día 4 de marzo de 2.017, hasta las 2:30 hs. del día siguiente. Motivo: Fiesta de Murgas.-
Artículo 2º: Autorizase a los solicitantes a instalar en el lugar mesas, sillas, escenario, baños químicos, equipo de sonido.-
ARTÍCULO 3º: Autorizase a los solicitantes a instalar una cantina.-
ARTÍCULO 4º:La autorización estipulada en el Artículo 3º, en lo referente al expendio de bebidas alcohólicas, quedará sujeta a lo exigido por el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 4915/09.-
ARTICULO 5º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante lo peticionado.-
ARTICULO 6º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.-
ARTICULO 7º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.-
ARTICULO 8º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.-
ARTICULO 9º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-
Expediente 15.529/17.-