EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

 

O R D E N A N ZA  Nº  7.111/17

 

 

ARTICULO 1º: El Departamento Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Chacabuco,  procederá a implementar de manera progresiva, por el termino de seis meses, a partir de la promulgación de la presente ordenanza, un sistema de identificación de cada agente en relación de dependencia con la Municipalidad de Chacabuco, cuyas tareas o prestación de servicio signifique un contacto directo con la ciudadanía.-

ARTÍCULO 2º: Los agentes deberán encontrarse identificados mediante la exhibición en lugar visible de una tarjeta o credencial, la que como mínimo contendrá los siguientes datos: nombre y apellido del agente, cargo que desempeña y dependencia en que cumple funciones.-

ARTICULO  3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-  

 Expediente 15.531/17.-