EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 7.201/17
ARTICULO 1º: Autorizase a Iglesia Biblia Abierta, el Uso del Espacio Público en Plaza 5 de Agosto de la ciudad de Chacabuco, el día 28 de mayo de 2.017, en el horario de 15:00 a 17:00 hs. Motivo: Evento Evangélico.-
ARTÍCULO 2º: Si las condiciones climáticas impidieran la realización del evento, la autorización prevista en el Artículo 1º, es extensiva para el domingo subsiguiente a la fecha predicha.-
ARTÍCULO 3º:Los Solicitantes serán responsables por Accidentes u otros inconvenientes que puedan surgir durante lo peticionado.-
ARTICULO 4º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.-
ARTICULO 5º: La erogación resultante para la organización del evento (Sadaic, Seguros, etc.), será afrontada por el solicitante.-
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de espacios Públicos.-
ARTICULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.- –
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-
Expediente Nº 15.723/17.-