EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 7.209/17
ARTÍCULO 1º:Articulo N° 1: Declárese de Interés Municipal y Educativo la app para celulares con sistema Andriod, descargable en forma gratuita desde Playstore, con el nombre de Emma Grooming.-
ARTÍCULO 2º: El Departamento Ejecutivo Municipal designará al área correspondiente para la realización de campañas informativas sobre la reutilización de esta herramienta en la lucha contra el Grooming.-
ARTÍCULO 3º: El Departamento Ejecutivo deberá coordinar un accionar conjunto con las autoridades educativas para dar difusión a la campaña informativa.-
ARTÍCULO 4º: Artículo N°4: El Departamento Ejecutivo deberá dar difusión, por los distintos medios informativos, del Art. 131 de la Ley Nacional N° 26.904 que penaliza la práctica del Grooming o acoso cibernético.-
ARTÍCULO 5º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-
Expedientes Nº 13.864/14 – 15.343/16.-