EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 7.221/17
ARTICULO 1º:Autorízase a la Secretaría de Salud, el uso del Espacio Público en Plazas, Barrios y Centros de Salud de la ciudad de Chacabuco, los meses de junio, julio y agosto de 2.017, según anexo que indica calendario y lugares. Motivo: Campaña de Vacunación Antigripal 2017.-
ARTICULO 2º: Comuníquese, por parte de los solicitantes al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINIÚN DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-
EXPTE. Nº 15.764/17.-