EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A  Nº  7.237/17.

 

ARTÍCULO 1º: Convalídese Contrato de Locación celebrado entre la Municipalidad  de Chacabuco y la Sra. María Julia Leidi, D.N.I. Nº 26.452.205, cuyo destino será, uso y funcionamiento de la Casa de Estudiantes de Chacabuco en Chivilcoy.-

ARTÍCULO 2º: El objeto del contrato descripto en el Artículo 1º, tendrá como destino el siguiente inmueble: Una propiedad sita en calle Lavalle Nº 1149 de la ciudad de Chivilcoy.-

ARTÍCULO 3º: Autorízase la afectación de fondos en futuros ejercicios.-

 

ARTICULO  4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.- 

Expte. Nº 15.789/17.